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LOS CABILDOS DE OFICIALES
“El Cabildo de Oficiales es el órgano colegiado ejecutivo y deliberante
de la Hermandad, y se reunirá cuando lo convoque el Hermano Mayor.
Los Cabildos de Oficiales pueden tener carácter Ordinario y
Extraordinario:
1º. Tienen carácter Ordinario los Cabildos de Oficiales que se celebren
con periodicidad, pudiendo dejar de convocarse durante la estación
estival.
2°. Cualquier otro Cabildo de Oficiales que se convoque para adoptar
alguna cuestión que no pueda esperar al próximo Cabildo Ordinario de
Oficiales tendrá carácter Extraordinario.
3°. El Hermano Mayor convocará también Cabildo Extraordinario de
Oficiales cuando se lo soliciten, al menos, la mitad más uno de los
componentes de la Junta de Gobierno por medio de escrito razonado, en el
que se hará constar los asuntos que deben incluirse en el orden del
día.”
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